ARTICULO No. 13.- AFILIADOS FUNDADORES Son afiliados fundadores todas las personas que se afiliaron desde su fundación de Asorcali y tendrán los mismos derechos y deberes que los afiliados activos, al igual que la pérdida de la calidad del afiliado activo. En caso de pérdida según art. 17, se pierde la calidad de afiliado fundador al volver a afiliarse.
