Artículo 35

ARTÍCULO No. 35.- PERÍODO DE LA JUNTA: Todos los miembros de la Junta Directiva son elegidos para períodos de cuatros (4) años pudiendo ser removidos libremente en cualquier momento o ser reelegidos.

PARAGRAFO. Se alternarán cada 4 años los siguientes 4 miembros: Presidente, Secretario, Tesorero y Vocal (1°) del período 2022 a 2026 y 3 miembros: Vicepresidente y 2 vocales (2° y 3°) del 2020 a 2024, así sucesivamente cada 4 años.